Recuperación del IVA y de impuestos para transportistas en la UE

Cada vez que tu camión reposta o paga un peaje fuera de España, paga IVA de otro país. Ese IVA se puede recuperar, y en varios países también parte del impuesto del gasóleo.

Un transportista establecido en la UE puede recuperar el IVA que paga en otros Estados miembros por gasoil, AdBlue, peajes y otros gastos de su actividad. La solicitud se presenta por vía electrónica ante la administración de su propio país (en España, con el modelo 360) y el plazo para el IVA de un año termina el 30 de septiembre del año siguiente.

Cuánto dinero se queda por el camino

El IVA del gasoil es del 20 % en Francia, del 23 % en Portugal continental y del 22 % en Italia. Un camión que gasta 30.000 euros al año en gasoil y peajes en Francia paga unos 5.000 euros de IVA francés. Si no se reclama, se pierde.

Además, en algunos países se devuelve parte del impuesto especial del gasóleo a los camiones profesionales, también a los de otros países de la UE, como Francia, Italia o Bélgica, cada uno con sus requisitos y plazos.

Qué se puede recuperar

ConceptoQué se recupera
Gasoil y AdBlueEl IVA del país donde se repostó
Peajes de autopista y peajes por kilómetroEl IVA, cuando el peaje lo lleva
Talleres, neumáticos, aparcamientosEl IVA, si la factura es correcta y a nombre de la empresa
Gasóleo profesional en otros paísesParte del impuesto especial, donde existe esa devolución

Cómo lo hacemos

  1. Reunimos las facturasDe tu tarjeta de combustible, de tu dispositivo de peaje y del resto de proveedores, país a país.
  2. Revisamos y presentamosComprobamos que cada factura cumple los requisitos y presentamos las solicitudes en plazo.
  3. Seguimiento hasta el cobroRespondemos a los requerimientos de las administraciones extranjeras y te avisamos de cada devolución.

Plazos que conviene tener presentes

  • 30 de septiembre: fin del plazo para pedir el IVA soportado en otros países de la UE durante el año anterior.
  • Las solicitudes pueden ser trimestrales (importe mínimo de 400 euros) o anuales (importe mínimo de 50 euros).
  • La administración del país de devolución tiene, en general, cuatro meses para resolver, ampliables si pide más información.
  • Las empresas establecidas fuera de la UE siguen otro procedimiento (en España, el modelo 361).

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo puede recuperar el IVA extranjero?

Sí, si está dado de alta en el IVA en España y los gastos son de su actividad. El procedimiento es el mismo que para una empresa.

¿Necesito facturas o vale con los tiques?

Hacen falta facturas completas a nombre de la empresa. Las tarjetas de combustible y los dispositivos de peaje emiten facturas válidas país por país, lo que facilita mucho la solicitud.

¿Cuánto se tarda en cobrar?

Depende del país. La norma general es una resolución en cuatro meses desde la solicitud, pero hay países más rápidos y otros que piden documentación adicional.

¿Qué pasa si se me pasó el plazo del 30 de septiembre?

El IVA de ese año ya no se puede recuperar por esta vía. Por eso es mejor presentar solicitudes trimestrales.

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